Salvo lo dispuesto en el Art. 35, numeral 7), de la Constitución Política, el cargador tiene preferencia sobre todos los acreedores del porteador, para ser pagado del importe de la indemnización a que tenga derecho por causa de retardo, pérdidas, faltas o averías, con el valor de las bestias, carruajes, barcas, aparejos y demás Cuba tenía además una importante flota pesquera que podría ser reanimada, por ejemplo, mediante acuerdos de coinversión con algunos países del Mercosur, pagándoles en tonelaje de pesca dichas inversiones y los costos en combustible y aparejos, de modo de dar trabajo bien pagado y de obtener divisas, aumentando la presencia cubana en el